La COVID-19 como enfermedad profesional: algunos criterios jurisprudenciales.
La crisis provocada por la pandemia de la COVID-19 profundizó el desamparo al que se vieron sometidos los trabajadores desde la pasada centuria en el mundo y en particular en la región de América Latina. Como afirma un reciente estudio, realizado por el Centro de Estudos Sindicais e Economia do Trabalho en Brasil (CESIT), este desamparo se ha visto caracterizado por la desregularización de los derechos de los trabajadores, la existencia de un mercado laboral poco estructurado, heterogéneo con alto índice de informalidad y bajos salarios, así como la distribución desigual de las ganancias trabajo (2020).
Es importante tener en cuenta que si bien existen algunas situaciones que han surgido con la pandemia, otras solo han quedado expuestas. Es decir, ya existían pero no se habían reflejado de la forma que actualmente acontece. Aunado al incremento del volumen de trabajo y de los riesgos laborales (bioinfecciosos y psicosociales) también ha quedado expuesto el precario régimen laboral de parte del personal sanitario, quienes no perciben un salario equitativo, así como indemnización en caso de enfermedad profesional o fallecimiento.
Para mayo de 2020 Amnistía Internacional, a partir de una encuesta realizada en 62 países, contabilizaba más de 3 mil trabajadores y trabajadoras de la salud habían perdido la vida por causa de la pandemia. Cifra, además, que se consideraba subdeclarada (2020). El informe también puso de manifiesto que algunos trabajadores no recibían los equipos de protección personal, por lo cual debían adquirir los materiales de sus bolsillos o utilizar otros que no eran los más adecuados, y/o sufrían violencia y estigma por parte de la población. Asimismo, daba cuenta de que, dentro de las categorías de trabajadores esenciales, ciertos grupos se veían más afectados que otros, especialmente en cuanto a niveles de infección y de mortalidad.
Ante esta situación el informe remarca la necesidad de proteger los derechos del personal sanitario y de los trabajadores y trabajadoras esenciales, y conmina, entre otras recomendaciones a que, los Estados garanticen al personal sanitario, así como a los trabajadores y trabajadoras esenciales, sean públicos o privados, los equipos de protección individuales y adecuados para protegerse durante la pandemia. Así mismo, los exhorta a reconocer la COVID-19 como una enfermedad profesional, incluyendo el derecho de estos trabajadores a una compensación en efectivo y a 4 la atención médica y otros cuidados necesarios, independientemente de la naturaleza del contrato e incluyendo a todos los trabajadores esenciales sin discriminación.
Dos han sido las cuestiones abordadas en relación a la protección del personal sanitario que se encuentra en la primera línea de enfrentamiento de la pandemia: la ausencia de equipo de protección del personal sanitario y el reconocimiento de la enfermedad de la COVID como profesional. El presente trabajo constituye un primer acercamiento sobre ambas temáticas desde una perspectiva judicial, el objetivo es analizar la protección del personal sanitario durante la pandemia de la COVID-19 desde la interpretación y aplicación de las normas jurídicas por parte de los foros judiciales en la región.
El trabajo se divide en dos partes, en la primera se analiza el marco jurídico internacional que justifica la protección de los trabajadores ante una situación de riesgo, como la que se enfrenta durante la pandemia de la COVID-19, y la segunda refiere algunos pronunciamientos jurídicos sobre estos temas durante la pandemia. Es importante tener en cuenta que no son los únicos pronunciamientos que al respecto existen, constituyen una selección de aquellos que tuvieron lugar al menos durante el primer semestre de la pandemia (marzo-septiembre de 2020) y que aparecen publicados en los sitios y bases de datos oficiales de los foros judiciales.
Otro aspecto que debe tenerse presente es que en los próximos años podremos tener pronunciamientos más precisos sobre estos temas desde el ámbito judicial, especialmente en cuanto a alcance se refiere. El ejercicio de la función jurisdiccional también fue afectado por la pandemia, muchos países tuvieron que replantear el ejercicio de esta función desde el ámbito tecnológico, otros suspendieron la actividad y solo le dieron atención a aquellos asuntos que tuvieran un interés primordial e incidieran en cuestiones relevantes como podía ser la vulneración de derechos humanos, por ello es lógico que la gran mayoría de los pronunciamientos consultados para este trabajo se fundamentaron desde esta óptica y desde la utilización de garantías de protección de los derechos humanos, dentro de los que se incluyen la vida, la salud y los derechos laborales. Al respecto abordaremos algunas de las consideraciones que al respecto han sido abordadas en el ordenamiento jurídico internacional.
Formato disponible: | PDF > |
Autor: | Dr. Jorge Luis Ordelin Font |
Fecha de publicación: | 2021 |
Idioma | Español |
Comisión Americana de Seguridad Social | CAJS |